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Orden Foral 42/2020 adopción de medidas preventivas a adoptar en Navarra en relación con la evolución de la situación epidemiológica y Decreto Ley Foral 8/2020

DECRETO-LEY FORAL 8/2020, de 17 de agosto, por el que se aprueban en la Comunidad Foral de Navarra medidas extraordinarias para responder ante la situación de especial riesgo derivada del incremento de casos positivos por COVID-19.

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ORDEN FORAL 42/2020, de 11 de septiembre, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas preventivas para la Comunidad Foral de Navarra como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19

 

Resumen de instrucciones generales a los servicios de hostelería y restauración.

Pautas generales que se establecen:

  • Cierre de establecimientos a la 1 de la mañana, para esa hora los establecimientos deberán estar desalojados.
  • Prohibido acceso de nuevos clientes a partir de la medianoche, tanto a las terrazas como al interior de los locales.
  • Durante las “NO FIESTAS”, entre el 13 y el 19 de septiembre, el cierre se producirá a la medianoche, para esa hora los establecimientos deberán estar desalojados.
  • Distancia mínima de 1,5 m entre las mesas de la terraza, con grupos máximos de 6 personas. Las mesas o agrupación de mesas que se utilicen para este fin, deberán ser acordes al número de personas, permitiendo que se respete la distancia mínima de seguridad interpersonal de 1,5 m.
  • Los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad controlarán la prohibición establecida respecto a las distancias mínimas pudiéndose imponer las sanciones correspondientes con arreglo a la normativa vigente de aplicación.
  • Prohibido fumar si no hay distancia interpersonal de 2 m.
  • Las personas usuarias de las terrazas deberán llevar mascarilla mientras no consuman.

ÚLTIMAS NOVEDADES

  1. El consumo dentro del local: a partir de las 12:00 obligatoriamente sentado en mesa o mesas. Máximo 6 personas por mesa o mesas.

 

  1. Hostelería y restauración: tanto en interior como en terrazas al aire libre, máximo 6 personas por mesa o mesas, guardando la distancia de seguridad.

 

  1. Máximo control del uso de la mascarilla y de la distancia interpersonal.

 

  1. Las mismas medidas se aplicarán en el local donde se preste un servicio de hostelería o restauración.