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Decreto Foral 24/2020 medidas preventivas contención Covid

Publicamos las medidas extraordinarias tomadas por el Gobierno de la Comunidad Foral de Navarra, haciendo hincapié en la limitación de la circulación nocturna (de 23:00 a 6:00 horas con las salvedades especificadas) la limitación en las reuniones en lugares cerrados y abiertos (lugares cerrados solo convivientes y lugares abiertos hasta 6 personas, con las especificidades indicadas)

Las medidas previstas en el artículo 1 tendrán la misma vigencia que el estado de alarma declarado por el Real Decreto 926/2020.

Las medidas previstas en los artículos 2 y 3 tendrán vigencia hasta el 4 de noviembre, incluido, pudiendo ser prorrogadas, modificadas o dejadas sin efecto, en función de la situación epidemiológica

Todos los documentos, incluido el BON puede consultarse en el BON nº 251.

 

MEDIDAS PREVENTIVAS PARA NAVARRA ESTADO DE ALARMA Y CONFINAMIENTO PERIMETRAL

PREGUNTAS ESTADO DE ALARMA